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Miembros de Pleno Derecho   Oganizaciones Profesionales de Empresarias

Las organizaciones miembros cualquiera que sea su modalidad de incorporación, tendrán los mismos derechos y obligaciones, salvo la pecuniaria, siendo los siguientes:

Son derechos de las organizaciones miembros de pleno derecho:
Designar las representantes que les correspondan como vocales de la Asamblea general de la Asociación.
Utilizar los servicios de que disponga la Asociación, en la forma que reglamentariamente se establezca.
Son derechos de las representantes de las organizaciones, vocales de la Asamblea:
Elegir y ser elegidas para los puestos de representación y gobierno.
Ser informadas oportunamente de las actuaciones de la Asociación y de las de cuestiones que les afecten.
Examinar las actas en la forma que se determine.
Asistir e intervenir, con voz y voto, en las reuniones de la Asamblea General y en los demás órganos colegiados de gobierno de la Asociación de que sean miembros.
Censurar, mediante la oportuna moción presentada en la Asamblea General o en los órganos colegiados de gobierno a que puedan pertenecer, la labor de cualquier órgano colegiado o cargo directivo de la Asociación.
Formar parte de las representaciones o comisiones designadas para estudios, gestiones y defensa de los intereses de la Asociación y sus miembros.
Obtener el apoyo y asesoramiento de la Asociación en aquellos temas de interés común.
Ejercitar acciones y recursos a que haya lugar, en defensa de sus derechos asociativos, e instar a la Asociación a que interponga acciones y recursos oportunos para la defensa de los intereses empresariales y profesionales, cuya representación tenga encomendados.
Cualesquiera otros reconocidos o que se establezcan en forma legal, estatutaria o reglamentariamente.

Son deberes de las organizaciones miembros de pleno derecho :
Ajustar su actuación a los presentes Estatutos.
Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno cualquiera que sea su nivel y dentro de sus respectivas competencias.
Contribuir al sostenimiento de la economía de la Asociación, mediante las aportaciones que válidamente se establezcan y sean aprobadas por la Asamblea General de la misma, bien al procederse a la aprobación de los presupuestos ordinarios, o bien cuando se aprobasen aportaciones extraordinarias.
Mantener la disciplina y colaboración necesaria para el buen funcionamiento de la Asociación.
Poner en conocimiento de la Asociación los hechos que constituyan perjuicio o riesgo para sus fines.
Son deberes de las representantes de las organizaciones :
Asistir y participar en las reuniones de los órganos de gobierno, gestión y administración, a que pertenecen y fueran citadas.
A participar en la elección de sus representantes a cualquier nivel social.
Ejercer, diligentemente, la representación que en cada caso se les confiera.
Poner en conocimiento de la Asociación los hechos que constituyan perjuicio o riesgo para sus fines.

Avda. Blas Infante, 4 4º Izquierda. 41011 Sevilla
Teléfono: 954 27 11 40 Fax: 954 28 43 18 / e-mail: info@aesevilla.org  aesmuemp@arrakis.es